Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional introdujo importantes modificaciones a la Ley de Migraciones N.º 25.871, con cambios que afectan el acceso a servicios públicos por parte de personas extranjeras y endurecen las condiciones para la permanencia en el país.Entre los puntos más relevantes, el decreto:Endurece los requisitos para obtener la residencia y ciudadanía, exigiendo demostrar medios económicos y la inexistencia de antecedentes penales.
Limita el acceso gratuito al sistema de salud público para quienes no tengan residencia permanente, salvo en casos de emergencia.Autoriza a las universidades públicas a cobrar aranceles a estudiantes extranjeros sin residencia permanente, aunque mantiene la gratuidad para argentinos y residentes permanentes.
Establece nuevos criterios para la “residencia precaria”, que será temporal (hasta 90 días), renovable, pero no computable para obtener la ciudadanía o la residencia permanente.Ratifica el derecho a la educación en los niveles inicial, primario y secundario para todos los extranjeros, independientemente de su situación migratoria.
El decreto remarca que el Estado garantizará el acceso igualitario a derechos y servicios públicos, según la categoría migratoria de cada persona, pero también abre la puerta al arancelamiento en salud y educación superior para quienes no acrediten residencia definitiva.
En el caso de los establecimientos de salud del Estado Nacional, la atención sanitaria fuera de situaciones de emergencia requerirá la presentación de un seguro médico o el pago previo del servicio, según lo defina el Ministerio de Salud.
Respecto a la educación universitaria, se confirma que será gratuita para ciudadanos argentinos y extranjeros con residencia permanente. No obstante, las instituciones estatales podrán cobrar aranceles a quienes no cumplan con esta condición, salvo en casos de becas establecidas por convenios o estatutos institucionales.
Por último, se aclara que los hijos, cónyuges o progenitores de ciudadanos argentinos o residentes permanentes pueden acceder a la residencia por reunificación familiar, con plazos determinados y posibilidad de prórroga.