Mediante el Decreto 384/2025, el Gobierno nacional autorizó a los tenedores de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL), Serie 4, a utilizarlos como forma de pago para cancelar deudas impositivas y aduaneras por un total de hasta US$1.000 millones.
Los instrumentos, emitidos por el Banco Central (BCRA) entre el 17 de junio y el 30 de septiembre de 2025, podrán ser utilizados para saldar impuestos, intereses, multas y accesorios. La operatoria será controlada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en coordinación con el BCRA, que fijarán condiciones y plazos para su aplicación al valor técnico, ajustado al tipo de cambio correspondiente.
Exclusiones:
No se podrán usar BOPREAL para saldar obligaciones relacionadas con:
Aportes a la seguridad social u obras sociales
Seguros de vida obligatorios
ART (riesgos del trabajo)
Impuesto al cheque
Deudas de terceros o agentes de retención/percepción
Condiciones clave:
Valor máximo habilitado: US$1.000 millones
Período de uso: del 30 de abril al 31 de octubre de 2028
Derecho de uso: se reconoce como derecho de propiedad tanto para suscriptores como para futuros tenedores
Transferibilidad: los bonos pueden ser transferidos libremente
Limitación: si el BCRA realiza pagos parciales del capital, sólo se podrá aplicar la dación en pago sobre el saldo impago
La Jefatura de Gabinete deberá realizar los ajustes presupuestarios para garantizar la distribución de los fondos entre las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Régimen de Coparticipación Federal.
La medida se anuncia en la previa de la primera licitación del BOPREAL Serie 4, programada para el miércoles 18 de junio, por hasta US$3.000 millones, destinada a importadores con deudas previas a diciembre de 2023, empresas con pasivos locales y firmas que no pudieron girar utilidades por restricciones cambiarias.